Conflictos en la comunidad de vecinos por los toldos
- Cristian Montañes Rosales
- 21 jul 2019
- 2 Min. de lectura

Durante nuestra trayectoria como profesionales nos hemos topado con distintos conflictos relacionados con la instalación de toldos en comunidades. Los problemas suelen darse cuando el propietario decide instalar el toldo por su cuenta sin pedir permiso a la comunidad y vulnerando los estatutos (en caso de disponer de ellos) en cuanto al tipo de toldo instalado (colores, lonas, etc).
En algunos casos, la comunidad puede interponer una demanda contra el propietario en cuestión solicitando la declaración de ilegalidad del toldo instalado en una zona común de uso privativo como es la fachada del edificio. Sin embargo, cuando un vecino ha dado el paso de poner un toldo sin el consentimiento de la comunidad se puede crear un peligroso precedente de alteraciones estéticas “autorizadas” de manera tácita por la comunidad. Algo que, en realidad, no ha sido así, pero que muchos vecinos interpretan de esa forma por lo que sin duda habrá conflictos cuando otro propietario desee instalar un toldo diferente al de los demás y se niegue a pedir permiso a la comunidad.
El problema viene porque la comunidad no puede prohibir la instalación de un toldo si no se ha acordado un modelo concreto previamente. Hay un buen número de casos judiciales que han dado la razón al propietario que quiere instalar un tipo de toldo determinado, aunque los demás vecinos no estén de acuerdo.
La manera de solucionar este tipo de problema es organizar una Junta de Propietarios para tratar el tema de la instalación de toldos y tratar de conseguir el mayor consenso sobre el tipo de toldo que todos los vecinos deben instalar para mantener la armonía estética de la fachada. Debe quedar por escrito el color, el tipo de lona y, si es preciso, el modelo exacto de toldo que haya sido elegido por la mayoría de vecinos para su instalación en la fachada. Por supuesto, para que tenga validez este acuerdo, debe haber sido aprobada en una Junta General legalmente constituida.
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